“Una situación inédita y de grave obstrucción”. Esas fueron las palabras que usó el juez federal Sebastián Casanello para calificar lo ocurrido durante uno de los allanamientos a la Droguería Suizo Argentina. Fue luego de que el encargado de sistemas de la empresa impidiera el acceso a información requerida en una orden de secuestro, lo que derivó en una denuncia penal que se tramita en paralelo a la causa de los audios de las coimas.
El expediente se inició hace poco más de un mes tras la revelación periodística de las grabaciones atribuidas al ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Diego Spagnuolo. Como se sabe, ahí se lo escucha a quien sería este exfuncionario relatar un presunto esquema de retornos millonarios en la compra de medicamentos. Retornos que terminarían, en parte, en manos de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei.
Ese aparente entramado es investigado en una causa central que está en manos del juez Casanello y del fiscal Franco Picardi. Pero a pesar del poco tiempo que trascendió desde el inicio de la investigación, el caso ya tiene ramificaciones en las que se investiga al menos a dos personas por posible entorpecimiento de la actividad judicial. En ambos casos, esas situaciones aparecieron del lado de los Kovalivker, dueños de la mencionada droguería.
Casanello no solo viene de procesar al jefe de Seguridad de Nordelta, Ariel de Vicentis, ya que supuestamente le dio aviso a Jonathan Kovalivker, uno de los propietarios, de que lo iban a allanar, sino que hace casi dos semanas también denunció al encargado de sistemas de la Suizo Argentina, un hombre llamado Hernán Daniel Díaz.
Hasta el momento, solo había trascendido que este empleado se había negado a darle acceso a los efectivos de la Policía de la Ciudad a los correos electrónicos institucionales de la empresa, y que por eso fue denunciado. No obstante, Tiempo accedió a una resolución en la que el magistrado relató los pormenores de esa “grave obstrucción”.
De acuerdo al documento, todo ocurrió el pasado 29 de agosto, cuando la Policía de la Ciudad llegó hasta la sede de la droguería, ubicada en la avenida Monroe. A ese lugar llegaron integrantes de la División de Investigación de las Organizaciones Criminales de la mencionada fuerza, con una orden de secuestro de documentación y comunicaciones electrónicas relacionadas con la causa.
Esa orden judicial también incluía el requerimiento de una “copia espejo completa” del contenido de las casillas de correo electrónico vinculadas a las personas físicas de la empresa, con detalles de mensajes enviados y recibidos, archivos adjuntos, metadatos, listado de contactos, elementos eliminados y cualquier carpeta sincronizada a dichas casillas de correo.
Según pudo saber este medio, el allanamiento comenzó de manera normal y hasta hubo cooperación de parte de los representantes de la empresa con los auxiliares judiciales. En todo momento, según el acta de allanamiento, estuvo presente el abogado Santiago Kent, quien dijo a los efectivos que era representante legal de Suizo Argentina S.A. Y unos minutos después de las 13 horas de ese día se sumó Díaz, el encargado de sistemas.
La negativa
Pero el problema llegó cuando pasaron al procedimiento de blanqueo de claves de los correos electrónicos de las personas identificadas en la orden judicial. Si bien dijo que podía cumplir con brindar la información, se negó e invocó que no tenía “la autorización de los directivos de la empresa como del abogado de la empresa que se hizo presente en el lugar”, en relación con Kent.
Según el juez, “se ocultó o se ayudó a ocultar pruebas de un posible delito”, ya que, como todo ciudadano, Díaz estaba obligado a cooperar con las autoridades.
Pero eso no fue todo. Al ser notificado de la situación, el juez lo llamó a declaración testimonial ese mismo día. En esa oportunidad, “calló la verdad nuevamente, invocando frente a la autoridad pública los mismos pretextos”, según señaló el juez.
Díaz no solo estaba obligado a colaborar con la justicia, sino que no pesaba sobre él ningún estado, oficio u profesión que lo obligara a abstenerse de declarar, según el documento al que accedió este medio.
“Cuando comenzó el registro en la sede de la droguería, su encargado de sistemas, Hernán Díaz, no era imputado. Fue su conducta obstructiva -tendiente a ocultar prueba de un posible delito cometido por uno u otros, junto al apartamiento de sus deberes como testigo-, la que en sí misma adquirió prima facie (NdR: a primera vista) relevancia penal”, planteó Casanello al denunciar la actitud de este empleado de la firma de los Kovalivker.
En ese entonces, el magistrado también planteó que no había que descartar posibles complicidades o investigaciones. Todo indica que la referencia podría incluir al abogado Kent, quien según el encargado de sistemas debía darle autorización para colaborar con el blanqueo de las claves. El letrado fue contactado por Tiempo, pero al cierre de esta nota no hubo una respuesta.
Esta denuncia fue sorteada por la Cámara Federal y recayó en el Juzgado a cargo de Julián Ercolini, con intervención del fiscal Carlos Stornelli. Como se mencionó antes, no es la única causa por supuesto entorpecimiento vinculada a los Kovalivker: De Vicentis, el jefe de seguridad de Nordelta, fue procesado y está pendiente de revisión por parte de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, ya que su defensor Guillermo Soares Gache apeló.
Revés para los Kovalivker
Por otra parte, este miércoles el fiscal Picardi rechazó dos planteos de nulidad interpuestos semanas atrás por la defensa de los dueños de la Suizo Argentina, apuntada por el supuesto arreglo con la cúpula del gobierno libertario para transformar sobreprecios en el valor de medicamentos en retornos para la hermana del presidente y su ladero Eduardo “Lule” Menem.
“Se plantea una nulidad absoluta, la cual posee carácter excepcional, afirmando que se desconoce por completo el expediente, de lo cual resulta, a priori, la primera contradicción. ¿Cómo es posible plantear la nulidad de algo que se desconoce?”, fue uno de los argumentos que esgrimió Picardi al hacer referencia a que cuando se planteó la nulidad la causa todavía estaba bajo secreto de sumario.
Uno de los ejes que usó la defensa de los Kovalivker para pedir la nulidad fue la crítica a los audios atribuidos a Spagnuolo. Concretamente, el abogado Magram señaló que esas grabaciones serían inconstitucionales por afectar el derecho a la intimidad. Frente a eso, Picardi marcó las “contradicciones” que tiene el planteo al sostener varias versiones sobre los audios que “no puede explicar ni probar”.
“¿Cómo es posible afirmar que se viola el principio de intimidad, encima de un funcionario público con conocimiento de actividades criminales que debió denunciar, cuando se realizan puras especulaciones contrapuestas y sin fundamento?”, respondió el representante del Ministerio Público.
Vale recordar que hasta la propia defensa de Spagnuolo, en su momento en manos de los abogados Juan Aráoz de Lamadrid e Ignacio Rada Stchulze, se había negado a acompañar el planteo de nulidad, puesto que no habían podido tener acceso a la causa. Es decir, no cosechó ni siquiera el acompañamiento de la defensa de la persona a la que se le habría violado el derecho a la intimidad. Tampoco acompañó la defensa del imputado Daniel Garbellini ni la querella representada por la Fundación Poder Ciudadano.
La definición respecto de los planteos de los Kovalivker quedó en manos del juez Casanello.